Ordena TEEO registro de candidatos a presidentes municipales conforme a los criterios constitucionales
El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ordenó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) registre a David García Martínez y a José Guadalupe Barbosa Barragán, como candidatos a primer concejal propietario en los ayuntamientos de Huautla de Jiménez, por el PRD y el PRI en candidatura común; y Santiago Huajolotitlán por el partido político Fuerza por México Oaxaca; respectivamente.
En las resoluciones de los expedientes RA/36/2024 y RA/47/2024, este Órgano Jurisdiccional señaló que es inconstitucional se les niegue el registro, por estar inscritos en el Registro de personas sancionadas por Violencia Política en Razón de Género, por lo tanto, determinó la inaplicación del artículo 21, fracción 6 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca; y el artículo 6, numeral 6, de los lineamientos en materia de paridad y acciones afirmativas, emitidos por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).
El Pleno señaló que esta decisión tiene su fundamento en el criterio de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitido en el juicio ciudadano federal SUP-JDC-306/2024, que considera inconstitucional condicionar la elegibilidad de las personas candidatas a la no inscripción en el registro de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres.
Añadió que las restricciones deben ser acorde a las establecidas en el artículo 38 Constitucional, que instituye la inelegibilidad por sentencia penal firme, incluyendo la violencia política de género.